70000TONS OF METAL - The World's Biggest Heavy Metal Cruise

DOCUMENTOS DE VIAJE

Por favor, dedica unos minutos para familiarizarte con los documentos de viaje necesarios. Los requisitos que se describen a continuación son requeridos por las regulaciones y normas gubernamentales. Estos están sujetos a cambios sin previo aviso.

UMCruises International Ltd. recomienda ampliamente que todos los huéspedes viajen con un pasaporte válido durante al menos 6 meses posteriores a la fecha del final del viaje.

Es responsabilidad única del huésped identificar y obtener todos los documentos de viaje necesarios para todas las vacaciones en el crucero y tenerlos disponibles cuando sea necesario. Estos documentos de viaje adecuados y válidos – pasaportes, visas, documentos legales familiares y certificados de inoculación – son necesarios para el abordaje y reingreso a los Estados Unidos y otros países.

Si no posees la documentación adecuada, se te podría denegar el abordaje a cualquier vuelo o barco o entrar a cualquier país y podrías quedar sujeto a multas.

Ciudadanos de los Estados Unidos y Canadá:

DEBES tener uno de los siguientes:

– O –

  • Iniciativa de Viaje del Hemisferio Occidental (en inglés: Western Hemisphere Travel Initiative (WHTI)) o Documentos de viaje Aprobados. Haz clic aquí para obtener una lista de todos los documentos aprobados.

Excepciones:

  • Los ciudadanos estadounidenses que viajen en cruceros que comienzan y terminan en el mismo puerto de los Estados Unidos pueden usar una tarjeta de identificación oficial con foto (como por ejemplo un carnet de conducir) Y un acta de nacimiento emitida por el gobierno o un certificado de naturalización original.
  • Los menores de 16 años podrán presentar una copia de su acta de nacimiento original emitida por el gobierno, legalizada por un notario o certificada; un Informe Consular de Nacimiento en el Exterior emitido por el DOA; o un Certificado de Naturalización emitido por los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos.

Ten en cuenta que: Los papeles de bautismo y los certificados de nacimiento del hospital NO son aceptables. Las tarjetas de identificación militar, tarjetas de registración electorales o Tarjetas de Seguro Social NO se consideran prueba de ciudadanía.

 

Residentes Permanentes de los Estados Unidos:

DEBES tener los siguientes:

  • Tarjeta de Residencia Permanente de los Estados Unidos. Haz clic aquí para obtener información adicional.

– Y –

  • El pasaporte de tu país de origen.

 

Residentes Legales Canadienses:

DEBES tener los siguientes:

  • Pasaporte de tu país de origen.

– Y –

  • Copia original de tu tarjeta de Residencia Permanente (PR Card), anteriormente a el IMM 1000.

– Y –

  • Visa de entrada múltiple a los Estados Unidos (si es aplicable).

 

Todas las demás nacionalidades:

DEBES tener los siguientes:

  • Pasaporte de tu país de origen.

– Y –

  • Visa de entrada múltiple a los Estados Unidos (si es aplicable) o US Visa Waiver (más información a continuación).

Visas:

Los huéspedes tienen la responsabilidad de identificar, obtener y presentar las visas necesarias antes del inicio de sus vacaciones en el crucero. Los requisitos varían según la nacionalidad del huésped y los países visitados durante el viaje. Consulta el sitio web del  Departamento de Estado de los Estados Unidos para determinar si necesitas una visa.

Programa de Visa Waiver:

El Programa de Exención de Visa (Visa Waiver Program – VWP) permite a la mayoría de ciudadanos de países participantes viajar a los Estados Unidos por turismo o negocios para estadías de 90 días o menos, sin solicitar una visa. Los viajeros deberán recibir una autorización electrónica de viaje a través del Electronic System for Travel Authorization (ESTA) antes de viajar y cumplir con todos los requisitos explicados a continuación. Si prefieres tener una visa en tu pasaporte, puedes solicitar una visa de visitante (B).

Alemania Finlandia Noruega
Andorra Francia Nueva Zelanda
Australia Grecia Países Bajos
Austria Hungría Polania
Bélgica Islandia Portugal
Brunei Irlanda Reino Unido*
Chile Italia República Checa
Corea del Su Japón San Marino
Croacia Letonia Singapur
Dinamarca Liechtenstein Suecia
Eslovaquia Lituania Suiza
Eslovenia Luxemburgo Taiwán
España Malta
Estonia Mónaco

* Para ser elegible para viajar bajo el VWP, los ciudadanos británicos deben tener el derecho ilimitado de residencia permanente en Inglaterra, Escocia, Gales, Irlanda del Norte, las Islas del Canal y la Isla de Man.

Cada viajero debe tener un ESTA válido

Para viajar sin una visa en el VWP, debes tener autorización a través del Sistema electrónico de autorización de viaje (ESTA) antes de abordar un transportista aéreo o marítimo con destino a los EE. UU. ESTA es un sistema basado en la web operado por la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE.UU. (CBP) para determinar la elegibilidad para viajar bajo el VWP a los Estados Unidos por turismo o negocios. Para obtener más información, visita la página web de ESTA . en el sitio web de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU.

 
Actualizar tu ESTA

En la mayoría de casos, tu ESTA tendrá una vigencia de dos años. También debes obtener un nuevo ESTA si: (1) recibes un nuevo pasaporte, incluido un pasaporte de emergencia o temporal; (2) cambiaste tu nombre; (3) cambiaste tu género; (4) modificaste tu país de ciudadanía; o (5) necesitas cambiar tus respuestas a cualquiera de las preguntas “sí” o “no” en la solicitud ESTA.

Ley de Mejora del Programa de Exención de Visa y Prevención de Viajes Terroristas de 2015

Según la Ley de Mejora del Programa de Exención de Visa y Prevención de Viajes Terroristas de 2015, los viajeros en las siguientes categorías deben obtener una visa porque ya no son elegibles para viajar o ser admitidos en los Estados Unidos bajo el VWP:

  • Nacionales de países del VWP que han viajado o han estado presentes en la República Popular Democrática de Corea, Irán, Iraq, Libia, Somalia, Sudán, Siria o Yemen en o a partir del 1 de marzo de 2011 (con excepciones limitadas para los viajes con fines diplomáticos o militares al servicio de un país que pertenezca al VWP).
  • Nacionales de países del VWP que también son nacionales de la República Popular Democrática de Corea, Irán, Irak, Sudán o Siria.

Estas personas pueden solicitar una visa a través del proceso de inmigración regular en un consulado o embajada de los Estados Unidos. Para aquellos que necesitan una visa estadounidense en caso de viajes de urgencia, las embajadas y los consulados de los Estados Unidos están preparados para procesar las solicitudes rápidamente.

Si a una persona que está exenta de la Ley debido a su presencia diplomática o militar en uno de los siete países se le rechaza la solicitud de ESTA, puede ir al sitio web de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE.UU., (CBP) o ponerse en contacto con el centro de información CBP. El viajero también puede solicitar una visa de no inmigrante en un consulado o embajada de los Estados Unidos.

CBP recomienda que todo viajero compruebe su ESTA status antes de hacer cualquier reserva de viaje a los Estados Unidos. Se puede obtener más información en el sitio web del Departamento de Seguridad Interna (DHS).

Tener el tipo de pasaporte correcto

Debes tener un pasaporte que sea válido por al menos 6 meses posteriores a la fecha de tu salida planificada de los Estados Unidos (a menos que esté exento por acuerdos específicos de país). Para las familias, cada miembro de tu familia, incluidos los bebés y los niños, debe tener su propio pasaporte.

Además, debes tener un pasaporte electrónico para usar el VWP. Un pasaporte electrónico es un pasaporte seguro mejorado con un chip electrónico integrado. El chip se puede escanear para hacer coincidir la identidad del viajero con el pasaporte. Los pasaportes electrónicos deben cumplir con los estándares establecidos por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). Puede identificar fácilmente un pasaporte electrónico mediante un símbolo en la portada. Puedes ver el ejemplo a continuación. Más información sobre los pasaportes electrónicos está disponible en el sitio web del DHS.

 

Se puede encontrar más información sobre el Programa de exención de visa aquí.